En Zaragoza, a 26 de septiembre de 2006-09-29
REUNIDOS la Diputación General
de Aragón, representada en este acto por el Vicepresidente
y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, Excmo. Señor
Don José Ángel Biel Rivera y la Consejera de Educación,
Cultura y Deporte, Excma. Señora doña Eva Almunia Badía,
en virtud de la autorización acordada por el Consejo del Gobierno
de Aragón; Ibercaja, representada por don Román Alcalá,
presidente de la Obra Social; el Arzobispado de Zaragoza, representado
por su Arzobispo, el Excmo y Rvdmo. Sr. Don Manuel Ureña Pastor;
y el Ayuntamiento de Valderrobres, representado por don Julián
Godes Aparicio, Alcalde-Presidente de dicha Corporación, autorizado
por Acuerdo Plenario de fecha 18 de Julio de 2006.
Reconociéndose mutuamente su capacidad y la representación
que ostentan,
MANIFIESTAN
Que están interesados en realizar la restauración
de la Iglesia de Santa María la Mayor de Valderrobres, declarada
Bien de Interés Cultural
Que dada la concurrencia de intereses, y considerando que el coste
de la actuación emprendida, supera las posibilidades de financiación
del Obispado, éste ha solicitado la colaboración de
la Diputación General de Aragón, Ibercaja y el Ayuntamiento
a efectos de llevar a buen fin la citada restauración.
En consecuencia las partes
ACUERDAN suscribir el presente convenio
con arreglo a las siguientes
CLAUSULAS
PRIMERA.- Es objeto de este Convenio regular la colaboración
entre la Diputación General de Aragón, Ibercaja, el
Arzobispado de Zaragoza y el Ayuntamiento de Valderrobres con el fin
de llevar a cabo la rehabilitación y consolidación de
la iglesia parroquial de Santa María la Mayor en Valderrobres,
paradigma del gótico levantino en tierras turolenses
SEGUNDA.- El coste máximo de las actuaciones convenidas
y recogidas en la cláusula primera se estima en un millón
trescientos quince mil euros que se desglosan de la siguiente manera:
- Redacción del Proyecto: 61.944,00 euros.
- Contrata obras: 1.151.489,87 euros
- Dirección técnica y varios: 86.566,13 euros
Comprometiéndose los firmantes a cofinanciar el citado coste
total de restauración y rehabilitación mediante unas
aportaciones que suponen las siguientes cantidades y anualidades:
|
2006 |
2007 |
2008 |
TOTAL |
% DE TOTAL |
Presidencia |
240.000 |
0 |
0 |
240.000 |
18,46 |
Cultura |
0 |
50.000 |
389.056 |
439.056 |
33,77 |
Ibercaja |
0 |
279.000 |
0 |
279.000 |
21.50 |
Ayuntamiento |
61.944 |
0 |
0 |
61.944 |
4,77 |
Arzobispado |
0 |
120.000 |
159.500 |
279.500 |
21.50 |
TERCERA.- En esta cláusula se especifica a que aspectos
de la actuación corresponderán las cantidades que aporta
cada una de las partes, siendo de destacar los siguientes subapartados:
3.2.4. La inversión del Departamento de Cultura corresponderá
entre otros conceptos a los gastos de comunicación y difusión
del monumento y de las obras llevadas a cabo en el mismo, lo cual
redundará en un mejor conocimiento y valoración del
Patrimonio histórico aragonés y los correspondientes
al material gráfico y reproducciones fotográficas
por un valor máximo de 37.772,23 euros.
3.3.1. La cantidad consignada a Ibercaja para 2007, corresponde
a la suma de las asignaciones de los fondos de la Obra Social para
este proyecto en los años 2004, 2005 y 2006, a razón
de 100.000 euros en los dos primeros años y el resto en el
tercero.
3.5.1. La inversión del Ayuntamiento correspondera
a los gastos originados por la redacción del proyecto de
restauración, que ha sido realizado y revisado por el Servicio
de Conservación y Restauración del Patrimonio Cultural
y autorizado por la Comisión de Patrimonio Cultural de Teruel.
3.5.2. El Ayuntamiento tramitará y otorgará
la licencia de obras y las exenciones que procedan a cualquier tasa
o impuesto municipal.
CUARTA.- Dado que existe una notable continuidad entre los
trabajos de realización de las obras
y que el desarrollo
futuro de los trabajos hace imposible su segregación en partes
,
la contratación de la ejecución de las obras corresponderá
a la Diputación General de Aragón y el Departamento
de Cultura asumirá las funciones de órgano de contratación
y el Servicio de Conservación y Restauración del Patrimonio
Cultural llevará a cabo la supervisión y seguimiento
de las obras.
SEXTA.- Al Departamento de Educación, Cultura y Deporte
le corresponderá la determinación de la fecha de comienzo
de las obras
y la supervisión y control de las certificaciones
de obra expedidas.
SÉPTIMA.- Previamente a la firma de este Convenio el
Arzobispado de Zaragoza ingresará en la Caja de Depósitos
de la Diputación General de Aragón el correspondiente
aval por la cantidad total de su aportación para garantizar
la cofinanciación.
OCTAVA.- El Arzobispado de Zaragoza garantizará la
disponibilidad del edificio sobre el que se va a actuar en la medida
requerida para la adecuada realización de las obras previstas
y en condiciones de seguridad.
UNDÉCIMA.- Las bajas, si las hubiere, motivadas por
el proceso de licitación, minorarán las aportaciones
de las entidades cofinanciadoras, según los mismos porcentajes
que se señalan en este Convenio. En caso de que
se produjesen
mayores costos, estos tendrán que ser aprobados por las partes
firmantes, a través de la Comisión de seguimiento
DUODÉCIMA.- Para el control y seguimiento del presente
convenio se constituirá una Comisión de la que formarán
parte dos representantes de cada una de los Departamentos e Instituciones
firmantes designados a tal efecto. Dicha Comisión se reunirá,
como mínimo, una vez al año y en cuantas ocasiones lo
aconseje la ejecución de los trabajos.
DECIMOCUARTA.- Ya que la titularidad del bien inmueble corresponde
al Arzobispado de Zaragoza, éste será responsable de
los gastos de mantenimiento, gestión y conservación
del mismo una vez recibidas las obras
La Administración
de la Comunidad Autónoma no ejecutará en ningún
caso posteriores actuaciones de restauración si constatase
el incumplimiento del deber de conservación por su titular.
DECIMOQUINTA.-
El Arzobispado de Zaragoza se compromete
a favorecer e impulsar el disfrute por todos los ciudadanos de este
bien de nuestro patrimonio cultural en un horario amplio y generoso
y a permitir la realización de aquellos actos culturales que
respeten sus funciones y usos principales. El Arzobispado se compromete
a presentar ante la Administración de la Comunidad Autónoma
el programa de usos del inmueble (que deberá incluir un régimen
de visitas y, en su caso, su utilización para la realización
de actividades sociales, culturales o de análoga naturaleza
compatibles con las características, uso principal y adecuada
conservación del inmueble).
DECIMOSEXTA.- El presente convenio tendrá vigencia
hasta que se proceda a la recepción de las obras que constituyen
su objeto